Política: Esquema Nacional de Seguridad 

Objetivos:

  • Proporcionar un marco para aumentar la capacidad de resistencia o resiliencia para dar una respuesta eficaz.
  • Asegurar la recuperación rápida y eficiente de los servicios, frente a cualquier desastre físico o contingencia que pudiera ocurrir y que pusiera en riesgo la continuidad de las operaciones
  • Prevenir incidentes de seguridad de la información en la medida que sea técnica y económicamente viable, así como mitigar los riesgos de seguridad de la información generados por nuestras actividades.
  • Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticidad y trazabilidad de la Información.
Para poder lograr estos objetivos es necesario:
 
  • Cumplir con requisitos legales aplicables y con cualesquiera otros requisitos que suscribimos, además de los compromisos adquiridos con los clientes, así como la actualización continua de los mismos:
    • REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
    • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
    • Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, Ley de Propiedad Intelectual
    • Real Decreto-ley 2/2018, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual
    • Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, de desarrollo del Esquema Nacional de Seguridad modificado por el Real Decreto 951/2015, de 23 de octubre.
  • Identificar las amenazas potenciales, así como el impacto en las operaciones de negocio que dichas amenazas.
  • Preservar los intereses de sus principales partes interesadas (clientes, accionistas, empleados y proveedores), la reputación, la marca y las actividades de creación de valor.
  • Evaluar y garantizar la competencia técnica del personal, así como asegurar la motivación adecuada de éste para su participación en la mejora continua de nuestros procesos, proporcionando la formación y la comunicación interna         adecuada para que desarrollen buenas prácticas definidas en el sistema.
    – Garantizar un análisis de manera continua de todos los procesos relevantes, estableciéndose las mejoras pertinentes en cada caso, en función de los resultados obtenidos y de los objetivos establecidos.
Los roles o funciones de seguridad definidos son:
 
El comité para la gestión y coordinación de la seguridad es el órgano con mayor responsabilidad dentro del sistema de gestión de seguridad de la información, de forma que todas las decisiones más importantes relacionadas con la seguridad se acuerdan por este comité. Los miembros del comité de seguridad de la información son:
  • Responsable de la información.
  • Responsable de los servicios.
  • Responsable de la seguridad.
  • Responsable del sistema.
  • Dirección Empresa (socios-administradores)